Ir al contenido principal

ABOGADO DIVORCIO ELCHE ¿Que es la pensión de Alimentos y como se calcula?



Podemos definir la pensión de alimentos como la obligación de alimentos consiste en el deber impuesto a uno de los cónyuges frente al otro cónyuge o frente a los hijos.


La pensión de alimentos comprenden:

*Los gastos ordinarios son los que, siendo necesarios, son previsibles y periódicos, que son sus notas diferenciales características. Su satisfacción ha de realizarse con el importe de la pensión de alimentos, y abarcan a aquellos que siendo, como dice el art. 142 CC, imprescindibles para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, educación y formación, matizado este carácter de imprescindible por el orden socioeconómico de la familia, se han podido prever y son de una periodicidad regular.

“Artículo 142 Código civil Español
Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable…”




*Los gastos extraordinarios son aquellos que, siendo necesarios o imprescindibles, son imprevisibles y no periódicos. La obligación de pago existe como consecuencia de su condición de necesarios, pero el reconocimiento del deber de pago, su cuantificación y, en su caso, la distribución de su cargo, si no hay acuerdo entre los progenitores, debe ser determinada por el Juez, según el procedimiento previsto en la reforma del art. 776 LEC operada por Ley 13/2009.



Para cuantificar la pensión de Alimentos a abonar por el progenitor correspondiente, debemos de tener en cuenta los ingresos de ambos progenitores y de las circunstancias familiares de los menores (colegio, actividades...).



Actualmente, lo más habitual es tomar como referencia los parámetros establecidos por el consejo general del poder judicial en su página web  http://www6.poderjudicial.es/PensionAlimenticiaWeb/frmGeneral.aspx


Uno de los puntos más importantes en una negociación es la determinación de la misma con parámetros justos, es por ello que recomendamos ser previamente asesorados por un abogado especializado en la materia.





ABOGADO DIVORCIO ELCHE

Abogado Matrimonialista en Elche

tlf. 650594446

Comentarios

Entradas populares de este blog

Nulidad custodia compartida en Elche - Inconstitucionalidad de la ley de custodia compartida

El  Tribunal Constitucional  ha  anulado , por invadir  competencias estatales , la ley valenciana “de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven”, conocida como  Ley de Custodia Compartida. La ley valenciana,daba prioridad al pacto entre los progenitores, pero en ausencia de acuerdo contemplaba como regla general la custodia compartida y regulaba la relación de los menores con sus hermanos, abuelos, otros parientes y personas allegadas.  La sentencia de este lunes señala que “nuestro pronunciamiento de inconstitucionalidad no afectará a las situaciones jurídicas consolidadas”. “Este Tribunal entiende que las decisiones adoptadas por los órganos judiciales durante la vigencia de la norma que ahora se declara inconstitucional, en relación a la fijación de un determinado régimen de guardia y custodia para los hijos menores”, se tomaron teniendo en cuenta el principio del mejor beneficio para los niños afecta...

ABOGADO DIVORCIO ELCHE

Somos un Despacho de Abogados, especializado en Derecho Matrimonial, Separaciones, Divorcios, Custodia de hijos, Pensiones de Alimentos, Modificaciones de Medidas, Liquidación régimen Matrimonial... Por experiencia y especialización, podemos considerarnos uno de los Despachos de abogados referentes en la materia en la provincia de Alicante. Siendo ya dilatada nuestra experiencia y dedicación en exclusiva a esta materia. Nos avalan numerosos clientes satisfechos que ha día de hoy han logrado ver satisfechos sus intereses gracias a nuestro trabajo.

TABLA PENSIÓN ALIMENTOS

Para que os podáis hacer una idea del cálculo de la pensión de alimentos, adjunto acompaño dos Tablas Estadísticas de Pensiones Alimenticias, que fueron elaboradas por el Magistrado Juez de Primera Instancia nº 7 de Córdoba, D. Antonio Pérez Martín y, que fueron aprobadas con carácter orientativo y no vinculante , en las III Jornadas Encuentro de Jueces de Familia organizadas por el CGPJ. Espero que con carácter meramente orientativo os puedan ser de utilidad. Un cordial Saludo. Miguel Molina Navarro - ABOGADOS & CRIMINÓLOGOS Abogados Divorcios Alicante Tlf.: 650 59 44 46 email.: miguelmolinanavarro@gmail.com